Ruta crítica para quienes reciben ingresos a través de plataformas como; Uber, AirBnB, Mercado Libre y otras análogas.
Sólo
aplica a personas físicas.
Sino
estoy dado de alta ante el RFC como persona física, les sugerimos que se den de
alta y le informen a la plataforma, o las retenciones les van a provocar pérdidas,
ya que éstas pueden llegar hasta al 36%.
Lo
primero, es meter en la página del SAT un caso de aclaración informando que se van a percibir ingresos de Plataformas Tecnológicas (PT).
Lo
segundo, es tomar una decisión, deben analizar si percibieron en el 2019 más de
$300,000 de ingresos, o piensan que van a percibir en 2020 más de eso. Ya que
si no superamos los 300 mil, podemos optar por algo que simplificaría al máximo
mis obligaciones (considerar la retención de la (PT) pago definitivo), se hace
un procedimiento ante el SAT y prácticamente no se haría nada, fiscalmente
hablando.
Informar
a la Plataforma Tecnológica (PT) nuestro RFC, Nombre, CURP, Domicilio y Clabe
interbancaria.
En
caso de no poder optar por ser las retenciones pago definitivo, se debe hacer
cada mes un pago provisional, tomando en cuenta las retenciones hechas.
Si
tienen dudas o quieren que les ayudemos con su situación, con gusto los
atenderemos.
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