FAQ’s interesantes de plataformas tecnológicas Amazon/Mercado Libre y similares

 1.- Tengo ventas desde AMAZON/MERCADO LIBRE, nunca he estado dado de alta ante el SAT qué debo hacer?

PRIMERO debes de darte de alta ante el SAT, lo puedes hacer de manera presencial mediante una cita que debes solicitar a través de su portal, o puedes darte de alta con tu CURP a través del portal del SAT.

SEGUNDO solicitar tu contraseña, puede ser presencial o a través de SAT ID.

TERCERO debes informar al SAT que vas a percibir ingresos desde plataformas tecnológicas, se hace mediante un caso de aclaración desde “Mi Portal”, tenemos una guía visual para facilitarte el trámite, sólo tienes que pedirla.

CUARTO en la plataforma de dar de alta tu RFC.

2.- Actualmente trabajo y percibo sueldo, desde Enero tengo ingresos por ventas en AMAZON/MERCADO LIBRE, qué tengo que hacer?

Si tienes tu contraseña, debes informar al SAT que vas a percibir ingresos desde plataformas tecnológicas, se hace mediante un caso de aclaración desde “Mi Portal”, tenemos una guía visual para facilitarte el trámite, sólo tienes que pedirla. Finalmente, en la plataforma de dar de alta tu RFC.

3.-Tengo ventas desde AMAZON/MERCADO LIBRE, ¿tengo que contratar los servicios de un contador? ¿Cuánto cobra un contador por llevar mis cuentas?

Estos ingresos como cualquier otro régimen, ya sea actividad empresarial, profesional, RIF, arrendamiento etc., requieren que el contribuyente se asesore con un Contador, por lo que sí les recomendamos lo hagan, y deben de cerciorarse que les den un servicio integral y les apoyen no sólo con la presentación de sus impuestos.

No existe una tarifa, cada contador y despacho cobra según sus preceptos, sé que una firma cobra al mes 132 dólares por cada cuenta. En nuestra firma que los atiende de manera integral, nos hemos propuesto apoyarlos con una cuota reducida desde 400 pesos al mes.

4.- Ya ingresé mi aviso ante el SAT que percibo ingresos de una plataforma tecnológica, cuanto tiempo se tardan en contestarme? ¿Cuándo intento meter mi pago provisional me dice que no estoy en el régimen de plataformas tecnológicas?

Desafortunadamente no hay un tiempo establecido, en la práctica va desde 30 días hasta más de 60 en algunos casos, en tanto no den contestación, el sistema no permite ingresar al portal para hacer pagos provisionales, impidiéndonos cumplir con nuestras obligaciones. Ahora bien, al darles respuesta de su aviso, se hace mediante una respuesta escrita y fechada, pensamos que dicho comprobante les serviría como constancia de que no fue su culpa el incumplimiento.

5.- Por cuánto debo de hacer el CFDI a mi cliente?

Vamos a poner un ejemplo, aclarando que lo que les cobra Amazon de retenciones pueden variar.

El Artículo se promueve en 10,000 más IVA, o sea que el cliente pagará a Amazon 11,600 pesos, por lo que ustedes deben hacer el CFDI por dicho importe.

Con independencia de la cantidad que Amazon les deposite a ustedes en su cuenta.

6.- AMAZON/MERCADO LIBRE me va a entregar algo por las retenciones que me haga?

SI, es su obligación hacerlo a más tardar el día 5 de cada mes, y es una constancia de retenciones. En la página del SAT, en Facturación Electrónica/Cancela y recupera tus Facturas, con tu RFC y contraseña, pueden consultarlas en; Consulta CFDI/Retenciones e Inf. de pagos.

7.- A partir de cuándo tengo que pagar impuestos por percibir ingresos de plataformas tecnológicas? Yo he tenido ventas desde febrero de este año.

La Ley entro en vigor a partir del 1 de Junio de 2020, por lo que los impuestos se deben de pagar desde esta fecha, ahora bien, si debido a la pandemia no tuvieron ingresos, no se debe de pagar ninguna cantidad, pero si se debe cumplir con las obligaciones de presentar en ceros los pagos provisionales.

8.- Se me pasó dar el aviso, ¿tengo ingresos desde plataformas tecnológicas todo este año, qué hago? Actualmente tengo una cafetería y soy RIF.

La Ley contempla que se debe de dar aviso antes de los 30 días después de percibir el 1er ingreso desde la plataforma, pero sin olvidar que la obligación nace el 1 de junio de este año.

Nuestra sugerencia es que ingrese su aviso a la brevedad posible con su contraseña a través de “Mi Portal”, en cuanto le de acceso el sistema a pagos provisionales plataformas tecnológicas, presente sus pagos provisionales extemporáneos de Junio a la fecha.

Los pagos provisionales de RIF son bimestrales y no sufren ningún cambio.

10.- Tengo un amigo que vende por Mercado Libre, me dice que le cobraron el 36% de impuestos, me van a hacer lo mismo?

La Ley contempla que para el caso de que NO se este dado de alta ante el SAT, o NO se le informe a la plataforma del RFC del contribuyente, la retención del ISR será del 20% y del IVA del 16% por lo que les sugerimos enfáticamente que se den de alta, e informen de su RFC, junto con otros datos que seguramente la plataforma ya tenía como son nombre, domicilio, CURP, y Clabe Bancaria.

Si ya dieron su RFC la retención de IVA es del 8% y la retención de ISR va desde el 2% hasta el 10% dependiendo de los ingresos mensuales.

11.- He escuchado que si tengo ingresos desde cualquier plataforma y no superan los 300 mil pesos no pago impuestos? ¿Cómo funciona?

No es así, para este régimen nuevo, quien tenga ingresos proyectados en los próximos 12 meses inferiores a 300,000 pesos, pueden OPTAR por informar al SAT que las retenciones de impuestos que les haga AMAZO/MERCADO LIBRE se consideran pago definitivo de impuesto, liberándolos a ustedes de presentar pagos provisionales mensuales, para ello se tiene que meter un caso de aclaración informando al SAT que opta porque el impuesto retenido sea definitivo, desde “Mi Portal”, tenemos una guía visual para facilitarte el trámite, sólo tienes que pedirla.

12.- Al tener ingresos desde AMAZON/MERCADO LIBRE con ellos a qué me obliga el SAT?

A darse de alta en el RFC, meter mediante un caso de aclaración el aviso de que va a percibir ingresos desde AMAZON/MERCADO LIBRE, y en su caso optar, como mencionamos en la pregunta previa, informar a AMAZON/MERCADO LIBRE su RFC y demás datos, expedir comprobantes CFDI por los ingresos obtenidos, presentar su pago provisional el mes siguiente a la obtención del ingreso y recabar los comprobantes de las erogaciones que se hayan efectuado para la obtención del ingreso.

14.- Soy profesionista independiente, mis ingresos son por honorarios, y tengo una cuenta en AMAZON/MERCADO LIBRE ¿puedo declarar mis ingresos de manera conjunta, para evitarme todo el caos de plataformas tecnológicas?

NO puede, tenemos que entender que son regímenes distintos y que el acumular indebidamente los ingresos de una actividad con otra es un serio error, debe presentar sus pagos provisionales mensuales por honorarios como lo venía haciendo, y tiene que presentar otro pago provisional mensual en el mini sitio de plataformas tecnológicas, separando lo mejor posible las erogaciones de ambos.

15.- Desde Agosto tengo ventas por AMAZON/MERCADO LIBRE, tengo una ferretería y soy RIF, ¿tengo algún problema? ¿Puedo seguir en mi régimen? ¿Cómo voy a declarar?

Como se comentó en la respuesta anterior, son regímenes distintos, y claro que puede tener ambos en simultáneo, va a declarar como venía haciendo sus pagos bimestrales de RIF y tendrá que hacer pagos provisionales mensuales por los ingresos de plataformas, en el caso de que no haya ejercido la opción que comentamos en la pregunta 11. Favor de cumplir con todas las obligaciones del régimen nuevo como se comenta en la pregunta 12.

16.- Cómo hago un CFDI?

Existen varias formas, el SAT pone a su disposición el portal del RIF para hacer el CFDI, para ello tienen que ingresar con su RFC y contraseña, desafortunadamente esta forma requiere de conocimientos especializados, les podemos apoyar con un tutorial que vamos a publicar pronto para ayudarlos, no dejen de pedírnoslo.

Les recordamos que es su obligación el emitir CFDI por TODOS sus ingresos, o sea que, si el cliente no pidió su CFDI, ustedes pueden hacer lo que se conoce como comprobante global público en general, de manera mensual, y con gusto los asesoramos para emitirlo correctamente.

También les ofrecemos una plataforma para emitir sus CFDI de manera fácil y al mejor precio del mercado, sólo 232 pesos IVA incluido por 100 CFDI con una vigencia de 1 año, con gusto los asesoramos.

17.- Qué es un CSD? La plataforma me esta pidiendo que se lo entregue para facturar (emitir CFDI) en mi nombre, que riesgos corro?

El CSD es la Fiel o E-firma, que se utiliza para emitir un CFDI, y sólo sirve para ello. Aunque sean archivos con las mismas extensiones de la FIEL son diferentes. El que otra persona aparte de ustedes lo tenga, no es motivo de preocupación, ya que para que un CFDI de una persona física pueda tener efectos fiscales, debe de haber sido pagado en la cuenta del contribuyente, pero si les sugerimos verifiquen mensualmente lo que en su nombre se está emitiendo.

18.- En este nuevo régimen tengo derecho a deducir mis erogaciones por todos los conceptos que requiero, como compras, fletes, papelería, materiales de empaque etc.?

Desafortunadamente la respuesta es NO puede deducir las erogaciones, ya que en el formato para presentar los pagos provisionales mensuales no existe el renglón para aplicarlas, y es comprensible eso, ya que si comparamos las tablas con las que se pagan los impuestos podemos ver claramente que están subsidiadas, por ejemplo, la tasa máxima para ingresos de plataformas es del 10% mientras que para actividad empresarial de las personas físicas es del 35%. Pero eso no significa que pedir todos mis comprobantes por las erogaciones no ayude, ya que para los que presenten pagos provisionales mensuales, en IVA tenemos que acreditar el resto del 8% faltante o pagarlo.

Sabemos que son nuevos, que las obligaciones son diferentes de las que posiblemente antes tuvieron, que pueden sentirse abrumados, permítanos ayudarles, estamos a una llamada de resolverles sus inquietudes y que se despreocupen de esto que enfrentan hoy.

LES PEDIMOS NOS ENVÍEN SUS PREGUNTAS PARA QUE EN ESTE BLOG SE PUBLIQUEN Y SEA EN BENEFICIO DE TODOS, GRACIAS, SÍGANLO CONSULTANDO

GLOSARIO

CURP. Si no la conoces, la puedes obtener desde; https://www.gob.mx/curp/

Contraseña. Es una clave de 8 dígitos alfanuméricos que se usa para poder ingresar a todos los trámites del SAT.

Fiel o E-firma. Son 2 archivos y una contraseña que se obtienen mediante cita en el SAT, donde nos toman huellas, Foto, el iris, escanean nuestra INE. Esto con la finalidad de que nuestra firma autógrafa pueda ser reemplazada con estos archivos y contraseña. Es necesaria para obtener el CSD y poder emitir los CFDI.

Mi Portal. Micrositio del contribuyente, el cual se usa para ingresar promociones, aclaraciones, solicitudes, conocer créditos fiscales o pagarlos, etc., ante el SAT.

SAT ID. Aplicativo que puedes descargar para celulares Android o IOS mediante el cual puedes solicitar tu contraseña, sin tener que ir al SAT, también existe la posibilidad de hacerlo desde una PC.

CFDI. También conocido como Factura.

RIF. Régimen de Incorporación Fiscal, puede tener ingresos hasta 2 millones anuales, es muy popular entre pequeños negocios, y tiene ciertas limitantes.

Les dejamos aquí 2 ligas con información importante sobre las obligaciones que tienen las personas que perciben ingresos a través de plataformas tecnológicas:

El Primero es un podcast con duración de 9 minutos y

El Segundo un video en youtube con duración de 10 minutos.

 

Podcast

https://spoti.fi/2CJbK7r

Youtube

https://www.youtube.com/watch?v=YhjpVEEkYlA

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