Novedades entrada en Vigor Carta Porte y CFDI ver 4.0

 Si trasladas mercancía localmente no necesitas Complemento Carta Porte

Hace unos días el SAT lanzó un comunicado con información relevante y dentro de éste, deja claro quienes no necesitan emitirlo.

La buena noticia es para los que trasladan bienes o mercancías de forma local, dentro de su ciudad o municipio y que no transitan por vía federal, ya sean motocicletas, automóviles, camionetas o grúas de carga ligera; éstos no tendrán que emitir el complemento Carta Porte, así que pueden estar más tranquilos.


También excluye traslados de no más de 30 km en carretera federal.


Los vehículos de carga ligera que transiten en carretera federal, pero que no recorran más de 30 kilómetros, no tendrán la necesidad de emitir el complemento.  


Es importante recordar que el objetivo principal del Complemento Carta Porte, es combatir el contrabando de mercancías; es por ello que este documento sólo será requerido por autoridades de la SCT y en carreteras federales; ni la policía municipal, ni estatal pueden requerirlo.



El SAT da más tiempo para emitir el Complemento Carta Porte


Otro de los puntos importantes, es que se proporciona un mayor tiempo de transición para la emisión del complemento, ahora es hasta el 31 de marzo de 2022 y este tiempo también aplica para las operaciones de comercio exterior.

En resolución miscelánea anticipada, se prorroga el CFDI 4.0 para el 1 de Abril.
Durante el mes de Enero les vamos a invitar a un curso sobre lo más relevante de ambos, estén al pendiente.

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