Dudas al curso de hoy 11 enero Reformas Fiscales

 Dudas que quedaron pendientes:

1.- En resico las personas físicas que reciben ingresos por  derechos de autor tendrán la misma exención ?

En el Art 113-I ultimo párrafo, niega dicha exención y cito textual: 

Los contribuyentes que tributen en esta Sección no podrán aplicar conjuntamente otros tratamientos

fiscales que otorguen beneficios o estímulos.

Cabe hacer mención que tiene muchas lagunas este régimen, vale la pena esperar unos días, para ver si la lluvia de preguntas al SAT, les hace ver que dejaron algunos estímulos fuera.


2.- Si yo soy RESICO le debo cobrar en la factura 1.25% de IVA a mi cliente ? 

RESICO persona física que le vende cualquier bien o servicio (inclusive el arrendamiento) a una persona moral, tiene que incluir una retención por parte de la persona moral equivalente al 1.25%, la retención del IVA fuera de venta de bienes queda igual 2/3 partes del IVA.


3.- Si hacia mis declaraciones por mis cuentas como RIF, y ahora seré RESICO. Por donde hare mis declaraciones como RESICO?

Las va a hacer como los demás regímenes veníamos haciéndolas de manera mensual, se conoce como DyP. Es una suposición, ya que el SAT pude poner un botón especial, eso lo sabremos hasta los primeros días de Febrero

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